lunes, julio 23, 2012

La nonata, la Constitución y el regreso a la caverna

Quería yo ordenar algo mis pensamientos al respecto antes de volcar sobre estas endemoniadas líneas algo sobre la de nuevo furibunda y aguerrida contienda que se mantiene ahora entre bastidores, acallada por las económicas, sobre la materia de la que no nos gusta hablar, sobre la que ni siquiera nos gusta pensar: sobre nuestra ética.
Y claro, cuando se trata de ética no se aborda nunca la ética política, no nos paramos nunca en la ética personal en el trabajo, en la familia, en las relaciones -menos mal que sobre eso no se puede legislar- Cuando la sociedad occidental atlántica se enfrenta a la ética habla solo de las dos cosas que más teme: de la vida y de la muerte. Y ahora nos toca hablar del aborto.
Alberto Ruiz Gallardón, a la sazón ministro de Justicia, se ha lanzado a algo que prometió el PP en las elecciones generales -¡Vaya, una promesa electoral que cumplen!-, a la reforma de la Ley del Aborto -me niego hablar de interrupción voluntaria del embarazo, hay momentos en los que los eufemismos sobran-.
Y claro eso levanta ampollas en los pasillos del feminismo.  Pero vayamos por partes.
Quizás la postura del feminismo defensor del aborto libre -y además gratuito-, se pueda resumir en el escrito de Amparo Rubiales, experta en derecho constitucional. Es uno de los pocos que tira de argumentos legales y constitucionales y no de la pura víscera de las manos en triángulo y sacar a pasear la bandera rosa.
Sea dicho de antemano que, apartado de la víscera, de una creencia que no profeso, de una moralidad que no comparto, sólo me fundamento en la argumentación para llegar a mis conclusiones. Quien esté esbozando en sus labios la palabra católico, conservador o machista ya en estos momentos se puede ahorrar el resto del post porque no habrá entendido nada. 
"Una reivindicación histórica de las mujeres es el derecho a decidir libremente su maternidad para poder interrumpir su embarazo legalmente. Se ha abortado siempre, pero en condiciones de dureza extrema, salvo si se tenían recursos económicos para salir fuera o hacerlo en clínicas privadas".
Así empieza la jurista su escrito. Y no es nada que se pueda negar porque es cierto, pero es algo que no supone un valor en esta discusión. Que algo se reclame históricamente no lo hace justo. Que algo se pida una y otra vez no lo convierte en un derecho si no lo es en su origen.
Y el aborto no es un derecho de la mujer.
La decisión libre sobre la maternidad es un derecho incuestionable, igual que lo es la decisión libre sobre la paternidad.
¿Por qué entonces no está permitido que un padre exija el aborto de su pareja si no quiere serlo? Es obvio. Porque interfiere con los derechos de un tercer ser: La madre. En el caso inverso eso se obvia -y se hace por motivos evidentes- y no es el meollo de la cuestión. 
El caso es que la decisión sobre la libre maternidad se liga indefectiblemente al aborto cuando eso es una falsedad social, legal y estructural.
La libertad de la elección de la maternidad está más que cubierta por los anticonceptivos en España. Existen más de un centenar de métodos farmacológicos, mecánicos y quirúrgicos -para hombres y mujeres- para evitar el embarazo, existen dos métodos contraconceptivos post coito y existe la abstinencia –no es recomendable extenderla demasiado, pero existe, no nos engañemos-.
Salvo en los casos siempre esgrimidos de violaciones. Y hasta en eso el derecho al aborto está en el alero.
No hace falta denunciar una violación -cosa que en muchas ocasiones desgraciadamente ocurre, para la víctima y las futuras víctimas- para acudir a una farmacia y pedir una píldora postcoital -cosa que ya se puede hacer-, ingerirla y por lo menos eliminar ese posible futuro problema de la terrible ecuación psicológica que para toda mujer -u hombre- supone una violación.
Así que el derecho a la libertad de elección de la maternidad en esos casos quedaría cubierto con la reclamación que llevaría como mucho a la solicitud de la gratuidad de la píldora postcoital, no del aborto. Legalmente debería ser así, aunque parezca frío. Pero no sería tampoco un exceso legislar de forma más abierta, comprendiendo el terrible momento psicológico que sufre una mujer violada.
Así que no existe posibilidad de argumento legal alguno que una el derecho a la libre elección de la maternidad con el aborto. Si se llega a la necesidad de abortar es porque se ha rechazado voluntariamente el ejercicio de ese derecho de forma previa al coito, porque se ha eludido una responsabilidad obligada para todo hombre y mujer en esa materia. Punto final.
No se puede exigir pues al Estado que acepte el aborto y se responsabilice de él como expresión de un derecho del que la portadora del mismo no ha querido responsabilizarse previamente. No en un país con libre acceso a los anticonceptivos. En Sudán del Sur, en Eritrea, En Irán o en Bangladesh sí se puede realizar esa justificación. En España no.
Quedan fuera de esta argumentación los casos de violación que vayan acompañados de retención ilegal, secuestro o cualquier otro tipo de delito que impida a la embarazada ejercer ese derecho a priori con los anticonceptivos o a posteriori con los contraconceptivos post coitales. En ese caso -y solamente en ese- libertad de elección de la maternidad y aborto parecen indisolublemente ligados.
"una mujer escribe una carta en los años ochenta contestando a unas declaraciones del liberal José María Ruiz-Gallardón -padre del actual ministro-, en la que decía: “Soy una mujer casada y operada de cáncer que sufre un embarazo como una auténtica losa. Consultados los facultativos correspondientes, me comunican que tal situación es totalmente nociva, tanto para mí, por los controles a los que estoy sometida, como para el feto, debido a las sesiones de cobalto recibidas. Nunca pensé que ante este tema vital, los médicos de este país estuvieran imposibilitados para intervenirme, amparándose en una farisaica legalidad, que personas como usted abortan desde sus escaños y en la que solo están libres de culpa las mujeres que como la de su señoría tienen posibilidad de abortar en el extranjero”", sigue ejemplificando Amparo rubiales.
De nuevo la señora Rubiales se mueve en una zona peligrosa.
Es posible que en aquellos años esas quejas estuvieran justificadas pero hoy habría que decirle a esa mujer que era su responsabilidad y la de sus médicos informarse de los problemas que acarrea un embarazo si se está en esa situación clínica y poner los medios para que ese embarazo no se produjera.
Si el diagnóstico sobre el cáncer llega después del embarazo y su evolución hace imposible esperar al parto para comenzar el tratamiento -procedimiento habitual en estos casos-, entonces sí que sería una excepción en la que el aborto sería aplicable como solución. Una nueva excepción.
La crítica a la objeción de conciencia médica me parece demoledora por el simple hecho de que el juramento hipocrático exige salvar vidas, no quitarlas. 
Y ahí llega el problema jurídico real.
¿Alguien criticaría a un médico por negarse a separar a dos siamesas si esto supone irremisiblemente la muerte de una de ellas?, ¿por qué entonces se critica al ginecólogo que se niega a practicar una aborto?
Porque no se considera que haya una vida en juego. Una que no sea la de la mujer.
Si la desesperada embarazada acusaba de farisaica legalidad a aquellos que la impedían en el aborto en el pasado siglo, ese fariseísmo ha pasado a las líneas de la jurista que defiende esta posición porque obvia que el principal problema del aborto no son los derechos de la mujer -cubiertos de sobra antes del coito- sino los derechos de la no nacida.
Estos no entran en conflicto cuando aún no ha sido concebida por supuesto, pero cuando ya está concebida, por mor de que sus progenitores han hecho caso omiso de su obligación de salvaguardar su derecho a la libre elección de la maternidad y la paternidad, entonces son un factor que han de ser tenido en cuenta.
Por ello se ha pretendido siempre eliminarlos de la ecuación.
El proceso ha sido el siguiente, resumiendo.
Primero se dijo que la nonata no estaba viva: Si no estuviera viva no se dividiría, no crecería y ningún embarazo llegaría a término porque no se desarrollaría. No tendríamos problemas con el aborto ni con la libre elección de la maternidad.
Estaríamos extintos como especie y el aborto no sería necesario.
Después se argumentó que estaba viva como parte del cuerpo de la madre y por tanto ella tenía posibilidad de decidir sobre ella: algo que nos lleva de nuevo al problema irresoluble de las siamesas si fuera cierto, pero que tampoco lo es.
En la cadena de olvidos a los que se han sometido los argumentos que defienden esta postura se han olvidado del padre. La aportación de material genético del progenitor masculino -conocido o desconocido, voluntario o forzoso, conocedor o desconocedor, responsable o irresponsable, eso da igual- hace que la nonata sea un ser genéticamente diferente de su madre y por tanto un ser vivo distinto, aunque no sea capaz de la vida autónoma. Se la puede definir como una simbionte, pero no como una parte de la madre.
Y, por último, esta línea de argumentación llegó a su postulación legalmente más peligrosa: decir que la nonata no era humana: No hay argumentación contraria para eso si se acepta que existe una definición de ser humano más allá de la genética, la antropología y la zoología.
¿La hay? La respuesta es no.
Cuando se dé un solo caso de que un embarazo humano llegado a término alumbre un ser de otra especie conocida o por conocer entonces podremos argumentar al respecto. Hasta entonces toda nonata humana, sea cual sea su estado de gestación, es humana por definición genética, antropológica y zoológica. No hay discusión posible.
Así que, como es imposible mantener ninguno de estos tres argumentos y además resulta que la feta está legalmente protegida en otros ámbitos cuando es un embarazo deseado hasta el punto de que se le garantiza el derecho de herencia, de reconocimiento y otros muchos, resulta que habrá que tener en cuenta los derechos de la feta cuando entran en conflicto con los de la madre.
Y recordemos que, en España, salvo excepciones, a esa situación solamente se llega por irresponsabilidad previa al coito de sus progenitores.
¿Qué derecho debe entonces prevalecer?, ¿debe anteponerse el derecho del progenitor que no ha hecho nada hasta ese momento para garantizar su derecho a la libre maternidad cuando tenía multitud de herramientas para ello?, ¿debe prevalecer el de la no nacida que se encuentra en una situación que no ha sido buscada por ella, que no es producto de su irresponsabilidad y que no tiene forma de defenderse por sí misma?
En este punto y ante esta redacción de las preguntas pocas mujeres tendrían duda en la respuesta si la feta estuviera ya fuera del cuerpo materno ¿por qué las tienen entonces antes?
"¿Quién es el ministro de Justicia para decir lo que es ético? Se trata de que sea constitucional o no. Simplemente. Se regula un derecho para que la mujer que quiera lo ejerza en las condiciones que la ley establezca. No se necesita un debate sobre algo constitucionalmente resuelto hace 30 años. No se entiende la razón por la que el ministro dice ahora algo que está admitido por la mayoría social —ideologías al margen—, incluido el TC. Se puede estar en contra del aborto, pero no como ministro. No se puede volver atrás ignorando al único interprete de la Constitución, que ya se ha pronunciado. ¿Por qué lo dice? En esta ocasión sí se puede afirmar que será por “la herencia recibida”", concluye la jurista en su artículo refiendose sin duda al padre del ministro.
Y he de darle la razón en parte, pero no como cree que se la doy.
Si la cuestión es que la ley sea constitucional o no, se podrá cambiar siempre y cuando se altere dentro de los límites de La Constitución ¿se puede volver entonces a una ley de supuestos incluso más restringida? 
Lamentablemente para ella, la respuesta es sí.
Porque nuestra Constitución ya albergó esa ley sin problema de constitucionalidad alguno con lo que ¿qué valor tiene el constitucionalismo como forma de oponerse a las restricciones de la actual ley, cuando esas restricciones ya formaron parte del cuerpo legal español estando la Constitución vigente? Ninguna.
Pero en lo que no puedo darle la razón es que la ética no puede estar presente a la hora de dirimir estos asuntos.
La ética es la única manera de abordar la legislación sobre derechos en cualquier ordenamiento jurídico del mundo.
Por lo menos en cualquiera medianamente democrático. Mantenemos que la esclavitud es un delito y el ser humano tiene derecho a ser libre porque no consideramos ético que un ser humano esclavice y sea propietario de otro; mantenemos que mujeres y hombres son iguales porque no consideramos ético que se discrimine a nadie por motivos de sexo -o por cualquier otro motivo, ya puestos-.
Cada derecho que defendemos, que exponemos o por el que luchamos es la expresión de una reflexión y una conclusión ética a la que hemos llegado.
Así que en cuestión de dirimir los derechos la ética es la única herramienta que tenemos para definir nuestros ordenamientos jurídicos.
Solamente tenemos que solucionar cual es nuestra ética social al respecto. 
El ministro utiliza la suya porque está en el poder y su ética se mantiene dentro de la legalidad y la constitucionalidad ¿no hicieron lo mismo los gobiernos socialistas cuando la ampliaron?, ¿no aplicaron su ética sobre el asunto?, ¿no hicieron lo mismo cuando elaboraron todas sus leyes sobre derechos y libertades?, ¿no aplicaron una ética en la que no era justo que los homosexuales no pudieran casarse, o que las parejas de hecho no tuvieran los mismos derechos o que las mujeres no pudieran abortar?
En cuestiones de derechos es la ética la herramienta que utiliza todo gobierno para legislar. No podemos aplaudir cuando coincide con la nuestra y negar la posibilidad de utilizarla cuando nos lleva la contraria.
El aborto solamente puede abordarse como se aborda la pena de muerte, la eutanasia, o cualquier otro momento legal relacionado con la vida y con la muerte. Personamelte yo estoy en contra de todos ellos por la misma base pero por motivos diferentes.
Si hay dudas sobre matar a un individuo porque ha cometido un crimen execrable, si hay dudas en obligar a terceros a matar a alguien porque considere que su vida no es digna, ¿cómo puede no haberlas a la hora de acabar con la evolución vital de alguien que no puede ni expresar su opinión al respecto ni es culpable de acto alguno que pueda haberle privado de su humanidad? 
Esa es la discusión que estamos teniendo. No sobre si recorta un derecho a las mujeres.
Las mujeres nunca tuvieron ese derecho. Nunca tuvieron el derecho a decidir sobre la vida y la muerte de sus hijas.
Sobre tenerlas o no tenerlas, sí. Pero sobre matarlas o dejarlas vivas no.
Se use la argumentación que se utilice, ya sea legal, constitucional, antropológica, biológica o genética, no hay nada que sustente la defensa de ese derecho.
Lo siento, pero en realidad todos y todas sabemos que es así. Aunque no nos guste. Aunque nos moleste tremendamente tener que darle la razón a la realidad en contra de nosotros, nuestra conveniencia y nuestras necesidades. Sabemos que es así.
¿Tan difícil es llevar siempre un condón en la cartera o en el bolso?, ¿tan imposible es controlarse si no se tiene uno a mano?, ¿tan insufrible es soportar dos días de vómitos y mareos para no jugar a la ruleta rusa con las posibilidades vitales de alguien que compartirá la mitad de nuestro material genético?
¿Tan egoístas y ególatras nos hemos vuelto que no queremos meter a la ética en la ecuación para que el hecho de no estar dispuestas a renunciar a un polvo nos torne en asesinas?
Porque todo lo demás son excepciones y una ley de plazos no es una ley de excepciones.
¿Tan básicas y primarias nos hemos vuelto?, ¿tan pronto hemos regresado a la caverna?

No hay comentarios:

Lo pensado y lo escrito

Real Time Analytics